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COMUNICADO 35 KRINO ABOGADOS

CONCURSO DE ACREEDORES (I)

Frase del día

 “Anda en burro hasta que puedas comprarte un caballo” (Proverbio chino)

Con 2.200.000 personas oficialmente contagiadas y 152.000 fallecidas, la pandemia provocada por el COVID-19 sigue su curso en el mundo, pero dando ya claras muestras de que la velocidad de los contagios va disminuyendo. En Italia y España, que somos los países que íbamos por delante, en la particular cronología del virus, las cifras diarias de contagiados y fallecidos están estabilizadas, aunque está costando mucho disminuirlas significativamente. Aunque seguimos, como decíamos ayer, en una fase de bastante confusión respecto a las estadísticas oficiales y a los criterios de cómputo de los datos, la interpretación es que en los principales países de Occidente la pandemia parece que comienza a estar controlada. Los anuncios de los planes de vuelta a la normalidad en Alemania y Estados Unidos así lo atestiguan. En EEUU con el lema “Opening up America again”, se ha definido un proyecto en tres fases para que, en función de los datos, cada estado vaya saliendo de la situación de confinamiento. De momento, no hay fechas, pero que exista un plan y una cierta visibilidad de vuelta a normalidad se ha interpretado positivamente.

Respecto a la actividad económica se ha conocido información relevante en China. El primer trimestre del año, en el que estuvieron cerrados, su PIB cayó un 9,8% con respecto al último trimestre de 2019. La cifra se ha recibido con un cierto optimismo en los mercados de valores asiáticos animados también por el dato de producción industrial chino que, frente a una expectativa de caída del 6%, ha bajado solamente un 1%.

Otra noticia positiva, que de momento hay que tomar con mucha cautela, son los buenos resultados que se han conseguido con un tratamiento con el antiviral remdesivir a 125 pacientes y que ha comunicado la compañía americana Gilead. La posibilidad de que se confirme que un tratamiento que se pueda escalar funcione bien, además de lo que supone desde el punto de vista sanitario, reduciría mucho los tiempos de reactivación de la actividad económica.

CONCURSO DE ACREEDORES (I)

No cabe duda que la crisis económica provocada por el Covid-19 amenaza la viabilidad de un importante número de empresas y, desgraciadamente, algunas no van a poder sobrevivir.

La falta de liquidez, la escasez de recursos propios, los costes irreversibles de la paralización de las actividades decretada por el estado de alarma, etc., son causas por las que una empresa puede verse abocada a solicitar un concurso de acreedores porque se encuentre en una situación de insolvencia actual o inminente. Una situación que muchas empresas podrían evitar o superar si actúan con la suficiente anticipación.

Como hemos venido informando, con efectos desde el 18 de marzo, el Real Decreto-ley 8/2020 (RDL) de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, incluye una serie de medidas de carácter societario y mercantil, entre las que ahora destacamos las referentes al concurso de acreedores.

Es sabido que el concurso de acreedores es un procedimiento que se inicia cuando el deudor (ya sea persona física o jurídica) no puede atender sus obligaciones de pago con sus acreedores o se prevé que no podrá atenderlas de forma regular y puntual.

En cuanto al concurso voluntario, si atendemos al artículo 5 de la Ley Concursal, el empresario tendría que declarar concurso en el plazo de dos meses desde

 “la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia”.

Esta es actualmente la situación de muchas empresas, por lo que el Real Decreto-ley 8/2020 en su artículo 43.1 flexibiliza la presentación del concurso mercantil al señalar que

 “Mientras esté vigente el estado de alarma, el deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendrá el deber de solicitar la declaración de concurso”,

Lo anterior supone un balón de oxígeno para que las empresas encaminen sus esfuerzos en intentar conseguir que las empresas continúen sus actividades y puedan superar la crisis económica sin tener en cuenta las responsabilidades a las que se enfrentarían los administradores de no presentar el concurso en plazo.

No obstante si la empresa decidiera solicitar el concurso voluntario, “se admitirá éste a trámite, con preferencia, aunque fuera de fecha posterior”, en el bien entendido de que lo ha presentado por razón del virus y que el darle preferencia en su tramitación puede suponer su subsistencia.

En cuanto al concurso necesario, el citado artículo 43.1 señala que los jueces no admitirán a trámite las solicitudes que se presenten durante el estado de alarma y hasta dos meses posteriores a su solicitud, por lo que los acreedores que quieran optar por este mecanismo tendrán que esperar dicho plazo.

En cuanto al preconcurso la regla general del artículo 5 bis de la Ley Concursal dispone que el deudor puede iniciar un procedimiento para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o un acuerdo extrajudicial de pagos o las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de una propuesta anticipada de convenio, cuya duración será de 3 meses y, en caso de que no se logre alguno de los acuerdos anteriores, contará con 1 mes para presentar el concurso.

Dicha regla general ha sido también modificada con el RDL 8/2020, dando la posibilidad a los deudores de no presentar el concurso de acreedores mientras dure el estado de alarma, aunque haya transcurrido el plazo de 1 mes antes indicado.

Estas medidas, que en principio son razonables, pretenden aliviar las dificultades económicas que puedan atravesar las empresas durante el periodo de estado de alarma, dándoles un plazo para poder recuperarse económicamente y así evitar las declaraciones de concurso de las empresas.

No obstante si no fuera así y algunas empresas entendieran que no van a poder superar la crisis económica es recomendable que actúen en tiempo útil y vayan preparando lo necesario para afrontar con éxito el correspondiente concurso de acreedores.

Continuamos a vuestra disposición para cualquier aclaración o comentario.

Seguimos en contacto

 

Mucha salud, mucho ánimo y mucha fuerza y paciencia

Un fuerte abrazo (sin virus)

 

Juan Carlos López-Hermoso Agius

Susana Fernández Alcaide

José Antonio Fernández García

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