COMUNICADO 46 KRINO ABOGADOS
NORMATIVA FASE 0: PREPARACIÓN PARA LA DESESCALADA.
Frase del día
“Sé que están convencidos de haber entendido lo que creen que he dicho, pero no estoy seguro de que se den cuenta de que lo que han oído no es lo que yo quería decir”. (Alan Greenspan ante el Comité de Finanzas del Senado de los Estados Unidos)
Hoy lunes 4 de mayo comenzamos el camino "a la nueva normalidad". Se inicia en toda España con la reapertura de pequeños comercios, restaurantes, archivos y el entrenamiento de los deportistas de alto nivel. Esta fase de Preparación para la desescalada (Fase 0), ha tenido un preludio el sábado pasado con la posibilidad de realizar actividad física individual y los paseos con personas con las que se conviva, siempre en las franjas horarias establecidas por el Ministerio de Sanidad. En el BOE de ayer domingo se ha publicado la normativa que lo regula y que al final señalaremos lo más relevante.
En cuanto a la pandemia, la cifra total de personas contagiadas y diagnosticadas en el mundo por el virus COVID-19 supera ya los 3.400.000 y el número de fallecidos 244.000. Los curados superan el millón. En España este domingo se han reportado 164 nuevos fallecidos. Es la cifra más baja en un mes y medio. Habrá que comprobar si este nuevo paso viene para quedarse o si es solamente producto del infra reporte que se suele producir los fines de semana. Los contagiados también han caído este domingo consolidándose las tendencias que se venían observando. Hay seis comunidades, además de Ceuta y Melilla, que han notificado menos de 10 casos: Asturias, Baleares, Cantabria, Canarias, Murcia y La Rioja. Solo Cataluña y Castilla y León superan el centenar; por el sistema que usa Madrid, que notifica con retraso, es muy posible que esta región también los sobrepase, aunque no aparezca todavía reflejado en la estadística. La cifra total en España asciende a 217.466 diagnósticos por PCR, a la que hay que sumar los que se han hecho por pruebas serológicas, 29.656. Las nuevas hospitalizaciones, probablemente el dato más sólido para medir el avance del Covid-19, han sido 547, la cifra más baja desde que se decretó el estado de alarma. Ocho comunidades tuvieron menos de una decena. En cuanto a nuevos ingresos en UCI, solo Madrid (17) y Cataluña (33) han reportado más de dos.
El 95% de las víctimas mortales en España tienen más de 60 años. De ellos, el mayor porcentaje de fallecidos se sitúa a partir de los 80 años. Tal y como avanzaban las investigaciones previas, la enfermedad es más letal en los hombres (58%) que en las mujeres (42%) y, por debajo de los 50 años, apenas se contabilizan víctimas mortales. En cuanto a las personas contagiadas, en términos globales, la mayor parte de afectados se sitúa a partir de los 40 años. De ellos, la franja de edad comprendida entre los 50 y los 59 años es la que más casos suma. Apenas hay contagios entre menores de edad. Un dato relevante es que respecto a los contagiados al 30 de abril el porcentaje de varones contagiados fue del 44 % por el 56 % de mujeres.
En relación con la economía, el viernes el Gobierno remitió a la Comisión Europea el Plan Nacional de Reformas acompañado del cuadro de previsiones macroeconómicas en donde se pone de manifiesto “oficialmente” la caída del PIB del 9,2% interanual con una tasa de paro que escalará al 19% este año y un crecimiento previsto para 2021 del 6,8%, creando sólo la mitad de los empleos destruidos. Las exportaciones se hundirán un 27,1% y el consumo un 8,8% como consecuencia de un aumento del ahorro y de la caída de las rentas de los hogares.
El Gobierno “confía” con que parte de ese ahorro se convierta en consumo tras el confinamiento, mientras que el mantenimiento de las rentas dependerá del mercado laboral. Ahora bien, sin actividad, las empresas no tendrán ingresos para mantener a sus plantillas y sin empleo, los hogares no tendrán dinero para consumir. En concreto, el Ejecutivo prevé que el déficit suba hasta los 115.671 millones de euros, el 10,34% del PIB, frente al 2,82% del año pasado, lo que supone el mayor déficit desde 2012, cuando se alcanzó el 10,7%, y que sólo estaría además por debajo del de 2009, cuando se situó en el 11,3%. Para financiar el déficit, será necesario un mayor endeudamiento, lo que llevará a la deuda pública a alcanzar en 2020 un máximo histórico en el 115,5% del PIB, el nivel más alto alcanzado desde 1902, cuando llegó al 123,6%.
En cuanto al déficit público, que se situará en 10,3 %, su aumento se debe además de un aumento de los gastos, a la caída de ingresos por 25.711 millones de euros. En 2020, todas las figuras impositivas verán disminuida su recaudación, con caídas del 2,4% para el IRPF; del 8,7% para el Impuesto sobre Sociedades, del 5,2% para el IVA; del 6,7% para los Impuestos Especiales, y del 5,75% para las cotizaciones sociales. Destaca el hundimiento del 37,9% que se calcula para el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados como consecuencia del parón del mercado inmobiliario. Además, el Ejecutivo estima un aumento del gasto público del 10,5%. El Gobierno se reserva la previsión del déficit de 2021, a la espera de ver cómo se resuelve la ayuda europea para paliar el impacto de la crisis.
En fin, un panorama dantesco que podría desembocar en un rescate del MEDE en toda regla.
NORMATIVA FASE 0: PREPARACIÓN PARA LA DESESCALADA.
Como decíamos al principio, el Boletín Oficial del Estado, además de las tres órdenes ministeriales publicadas el viernes 1 de mayo, ha publicado este domingo cinco nuevas órdenes ministeriales en donde se detallan las medidas que, con algunas relevantes modificaciones, ha ido anunciando el Gobierno durante toda la semana pasada. En ellas, además de aclarar las condiciones necesarias para cambiar de fase, se especifican cambios que afectan a la vida cotidiana de los españoles desde este lunes 4 de mayo.
Lo publicado este fin de semana es lo siguiente:
- Boletín Oficial del Estado: viernes 1 de mayo de 2020
- MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
- Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
- MINISTERIO DE SANIDAD
- Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas.
- Boletín Oficial del Estado: domingo 3 de mayo de 2020
- MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
- Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.
- MINISTERIO DE SANIDAD
- Orden SND/385/2020, de 2 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
- Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, por la que se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Orden SND/387/2020, de 3 de mayo, por la que se regula el proceso de cogobernanza con las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para la transición a una nueva normalidad.
- Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado.
El resumen (de urgencia) de lo publicado es el siguiente:
- Comercio minorista y servicios
- Los pequeños comercios con una superficie inferior a los 400 m² que cerraron con el estado de alarma (como peluquerías, tiendas de ropa o ferreterías) podrán abrir sus establecimientos pero solo con cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.
- Además de esta atención individualizada, no se podrá hacer uso del lavabo por parte de los clientes salvo urgencias, y las personas mayores de 65 años tendrán preferencia en los espacios de tiempo establecidos para su paseo diario (de 10 a 12 de la mañana y de 7 a 8 de la tarde).
- La distancia entre clientes requerirá la debida separación física prevista de dos meses o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas
- En aquellos pequeños municipios donde sus habitantes no encuentren los productos que necesitan, o no haya tiendas, podrán desplazarse a la localidad más cercana sin límite de kilómetros.
- Todos los elementos susceptibles de tener contacto físico con varias personas (pomos de las puertas, perchas, papeleras, etc.) deberán ser desinfectados con frecuencia. La ropa, por ejemplo, una vez que alguien la pruebe tendrá que ser higienizada antes de que otra persona pueda probársela. Los probadores, limpieza tras cada uso.
- Además, estos locales han de ser higienizados dos veces al día (una como mínimo al final de la jornada) y todos los uniformes lavados cada día. En su caso, deberán lavarse de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados. En aquellos casos en los que no se utilice uniforme o ropa de trabajo, las prendas utilizadas por los trabajadores en contacto con los clientes también deberán lavarse en las condiciones señaladas anteriormente.
- Los empleados de estos establecimientos no pueden tener síntomas del Covid-19 ni estar en cuarentena.
- Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador, según consta en el BOE.
- En el caso de las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, lugares donde la distancia interpersonal es casi imposible, el Gobierno establece que tanto clientes como empleados han de utilizar mascarillas y debe haber un espacio mínimo entre la clientela de dos metros, señalizados con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.
- Los establecimientos y locales que reabran el lunes deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en la entrada del local, y deberán estar siempre en condiciones de uso.
- Restaurantes y cafeterías.
- Hasta ahora solo se podía pedir comida a domicilio a través de páginas web, aplicaciones o el teléfono. A partir del 4 de mayo se puede ir a recoger el pedido, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.
- El establecimiento fijará un horario de recogida del mismo, evitando aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento, el cual será el único que podrá permanecer abierto.
- No se puede consumir la comida en el interior del restaurante. Además, debe haber un espacio físico que garantice una distancia de dos metros entre las personas que acuden a recoger el pedido. Habrá un cliente por cada trabajador en el mostrador de entrega.
- En los servicios de entrega a domicilio podrá establecerse un sistema de reparto preferente para personas mayores de 65 años, personas dependientes u otros colectivos más vulnerables a la infección por Covid-19.
- El titular de la actividad de hostelería y restauración deberá poner, en todo caso, a disposición de los clientes:
- A la entrada del establecimiento: geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
- A la salida del establecimiento: papeleras con tapa de accionamiento no manual, dotadas con una bolsa de basura.
- Mascarillas
- El uso de mascarillas será obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo y para los usuarios de los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
- Los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con los viajeros deberán ir provistos de mascarillas y tener acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente.
- En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, las empresas adoptarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros, de tal manera que no podrán ser ocupados más de la mitad de los asientos disponibles respecto del máximo permitido. En todo caso, en los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor.
- Durante la fase 0 se mantiene un uso limitado del transporte privado. En concreto, dos personas por vehículo y en diagonal. No será hasta la fase 1 cuando se permitan más de dos ocupantes del coche.
- Deporte profesional
- A partir del lunes, los deportistas de élite pueden volver a los entrenamientos pero con limitaciones. Se hace una división por colectivos:
- Deportistas de alto nivel. El entrenamiento será individual, dentro de la misma provincia, sin límite de tiempo y con entrenador.
- Resto de deportistas federados. Entrenamiento individual, al aire libre, dos veces al día (de 6 a 10 de la mañana y de 8 a 11 de la noche), dentro del propio municipio y sin entrenador.
- Ligas profesionales. Los entrenamientos deben ser básicos, es decir, individuales. Si un miembro de la plantilla diera positivo por Covid-19, habría que certificarlo, aislar al jugador y hacer pruebas a sus contactos más estrechos.
- Obras de reforma
- Tras la vuelta de la actividad en la obra pública y construcción el lunes 13 de abril, ahora le toca el turno a las pequeñas obras de reforma en las que no se produzca interferencia alguna con las personas no relacionadas con la actividad de la obra.
- Se retoman las obras de reforma en aquellos pisos o locales que estén vacíos, y los trabajadores tendrán que adoptar medidas básicas de higiene, distancia interpersonal y llevar mascarillas.
- También se exige que se evite el contacto de los trabajadores con los vecinos de la finca y maximizar las medidas de seguridad e higiene en zonas comunes. Por ejemplo, deben avisar previamente a los vecinos con fecha y hora en el caso de un servicio de mantenimiento de cualquier suministro.
- En el caso de obras en comunidades de propietarios, se exige que haya una especie de 'pasillos' para la reforma para evitar el contagio y que no haya contacto con el vecindario. Si no se puede garantizar, la obra no puede realizarse.
- En todos estos casos, se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.
- Archivos, bibliotecas y museos
- También abren sus puertas archivos, bibliotecas y museos. En el caso de los primeros, todas las consultas deben hacerse por vía telemática siempre que sea posible. Si tuviera que ser presencial, solo hasta diez documentos y una vez finalizada esa consulta el libro tendrá que permanecer en cuarentena durante diez días.
- Museos y bibliotecas no podrán superar un aforo del 30% mientras se mantenga la fase de la desescalada programada por el Ejecutivo.
Para mayor información y detalle adjuntamos una guía elaborada por el Ministerio de Sanidad del “PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD: RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES”
adjuntos/2020_05_03_preguntas_y_respuestas_plan_nueva_normalidad.pdf
Continuamos a vuestra disposición para cualquier aclaración o comentario.
Seguimos en contacto
Mucha salud, mucho ánimo y mucha fuerza y paciencia
Un fuerte abrazo (sin virus)
Juan Carlos López-Hermoso Agius
Susana Fernández Alcaide
José Antonio Fernández García